Tarjetas prepago para empresas en Colombia

Págale más a tu equipo y paga menos cargas.

Dotación, alimentación y combustible en tarjetas que la ley trata como beneficio, no como salario: deducibles en renta y sin prestaciones ni parafiscales sobre ese valor. Y una cuarta de dinero libre para premiar a tu fuerza de ventas.

Emisión en 5 días hábiles · Sin cuota de manejo para el empleado

100%Deducible del impuesto de renta (Art. 107 E.T.)
0%De prestaciones y parafiscales sobre el beneficio
41 UVTMensuales exentos en alimentación (Art. 387-1 E.T.)
3×Dotaciones al año obligatorias (Art. 230 C.S.T.)
El argumento central

Lo mismo cuesta menos si no es salario.

Un aumento de nómina arrastra salud, pensión, ARL, parafiscales, cesantías, prima y vacaciones. Un beneficio pactado como no salarial, dentro de los límites de ley, no arrastra nada de eso y sigue siendo gasto deducible.

Marco: Art. 128 C.S.T. (pagos que no constituyen salario), Art. 30 Ley 1393 de 2012 (límite del 40% del total de la remuneración), Art. 387-1 E.T. (alimentación), Art. 230 C.S.T. (dotación).

Entregar $300.000 al mes a un empleado

Como aumento de salario$455.550
+ 51,85% de carga prestacional y aportes
Como beneficio no salarial$300.000
Sin carga prestacional sobre el beneficio
Diferencia por empleado al año$1.866.600

Cálculo ilustrativo con carga plena. Cambia si la empresa está exonerada de aportes (Art. 114-1 E.T.) y no reemplaza la asesoría de tu contador.

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan las empresas antes de empezar

¿Te queda otra duda? Escríbenos y te responde una persona, no un bot.

Hablar con ventas
¿Por qué una dotación en tarjeta cumple la ley colombiana?

La dotación legal (Art. 230 del C.S.T.) obliga a entregar calzado y vestido de labor en especie. Con la tarjeta, el empleado adquiere su dotación en comercios afiliados del sector textil y calzado, y la empresa conserva el soporte de cada entrega. No se entrega dinero de libre disposición: el cupo está restringido a esa categoría.

¿Qué significa que sea un beneficio no salarial?

Significa que, pactado dentro de los límites de ley (Art. 128 C.S.T. y Art. 30 de la Ley 1393 de 2012), ese valor no constituye salario. Por eso no genera prestaciones sociales ni aportes parafiscales sobre ese monto, y sigue siendo deducible del impuesto de renta para la empresa.

¿Cuántas dotaciones al año hay que entregar?

Tres al año: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre, a los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos y llevan más de tres meses vinculados.

¿Cómo se recarga y se reparte el dinero?

Cargas tu nómina en un archivo, defines el monto por persona y categoría, y la dispersión queda lista para enviar. La plata queda disponible en las tarjetas al instante, con factura electrónica y reporte por centro de costo.

Cuéntanos cuántos son y arrancamos.

Te preparamos una cotización formal con el ahorro estimado para tu nómina.

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