02 — Alimentación

Mercado y almuerzo del día, el beneficio que más se siente

El auxilio de alimentación pactado como no salarial. Hasta 41 UVT al mes no constituyen ingreso tributario para el trabajador que gana menos de 310 UVT, según el artículo 387-1 del Estatuto Tributario.

Marco legal de referencia: Art. 387-1 E.T.

Qué resuelve

  • Hasta 41 UVT mensuales exentos para el trabajador elegible
  • Uso dirigido a supermercados y restaurantes afiliados
  • Deducible para la empresa y sin carga prestacional
  • Recarga mensual por archivo de nómina

Cómo funciona

  1. Cargas tu nómina y defines el monto por persona.
  2. Emitimos las tarjetas y dispersamos el saldo al instante.
  3. El empleado usa su tarjeta en la red afiliada de alimentación.
  4. Recibes factura electrónica y reporte por centro de costo.
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